A iniciativa de LIDEMA, las organizaciones de desarrollo y la sociedad civil se pronuncian ante la posibilidad de flexibilizar la legislación ambiental para permitir el ingreso de proyectos extractivos sin restricciones ni recaudos ambientales y por encima del control social, inclusive en las áreas protegidas.
Ante la vulneración de reinvindicaciones de los pueblos indígenas establecidas en la nueva Constitución Política del Estado, CPE, cuyo artículo 299, parágrafo II señala que el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas, entre las que se encuentran las autonomías indígena originario campesinas, ejercerán la función de preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente, manteniendo el equilibrio ecológico y el control de la contaminación ambiental. Así mismo, en el artículo 312, se señala que todas las formas de organización económica tienen la obligación de proteger el medio ambiente.
Estos preceptos constitucionales deben ser respetados en función de una convivencia con la naturaleza y el habitat de poblaciones indígenas, tanto en selva, trópico o valles en Bolivia.
CADES, se adscribe a este pronunciamiento y hace público en extenso el documento en :
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